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GENERALI NAUTICO

SOLICITE PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

En GENERALI SEGUROS disponemos de un seguro para su embarcación que se adapta totalmente a sus necesidades.

Navegue tranquilo por donde quiera con la flexibilidad que le ofrece la estructura multirriesgo de GENERALI NAUTICO, con coberturas frente a pérdida total, abandono, averías particulares, robo, accidentes y responsabilidad civil, incluida asistencia en viaje y defensa jurídica.

GENERALI NAUTICO le permite contratar el seguro de responsabilidad civil obligatoria (decreto 507/1999, de 16 de abril) y además la garantía de defensa jurídica para y salvaguardar sus intereses y reclamar los daños ocasionados por terceros en su embarcación.

UN GRAN SEGURO AL MEJOR PRECIO

Le ofrecemos opciones de contratación con o sin franquicia.

Premiamos a nuestros mejores clientes con descuentos en la renovación del seguro de hasta el 15% por no siniestralidad.

 

COBERTURAS

Garantía básica de Responsabilidad Civil

Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria

Cubre la Responsabilidad Civil extracontractual en que puedan incurrir los propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas, incluyendo las motos de agua solo suscripción obligatoria (terceros), las personas que debidamente autorizadas por el propietario patroneen las  mismas, así como aquellas otras que les secunden en su gobierno, y los esquiadores que pueda arrastrar la embarcación, por los daños materiales y personales y por los perjuicios consecutivos que, mediante culpa o negligencia, causen a terceros, a puertos o instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de las embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en el mar.

Con las siguientes opciones complementarias:

  • Responsabilidad Civil de Suscripción Voluntaria: Permite la contratación de límites superiores al exigido por Ley, o bien cubrir embarcaciones no sujetas a la contratación de un seguro obligatorio.
  • Ampliación de Gastos de Remolcaje y Remoción: Que garantiza el coste razonable de las operaciones de remolcaje de la embarcación asegurada, incurrido por el Asegurado, para cumplir su obligación de salvar la embarcación hasta un límite máximo de 6.000 € por siniestro y anualidad de seguro. La remoción de restos dispuesta por la Autoridad Marítima competente hasta un límite máximo de 6.000 € por siniestro y anualidad de seguro, sin necesidad de contratar ninguna cobertura de daños propios.
  • Pérdida total + Abandono: Cubre la pérdida total o pérdida total constructiva de la embarcación asegurada a consecuencia de un evento marítimo, los gastos de salvamento y de remoción de restos de la misma y el robo de la embarcación entera y/o su embarcación auxiliar junto con los gastos de recuperación de la/s misma/s.
  • Averías Particulares: Se cubren los daños sufridos por la embarcación asegurada a consecuencia de incendio, explosión del motor o caída de rayo, contactos con diques, choques o colisiones con objetos fijos o flotantes, naufragio, varada, embarrancada o toque de fondos, golpe de mar a consecuencia de temporal, así como los actos vandálicos o malintencionados producidos por terceras personas. Tambien están cubiertos los daños sufridos con ocasión de sus traslados por carretera o ferrocarril a consecuencia de accidente del vehículo porteador y tambien durante las operaciones de carga y descarga al/del vehículo remolcador o porteador.
  • Robo de accesorios y/o Motor fueraborda: Incluye el robo de accesorios y/o motor fueraborda.
  • Efectos Personales: Se cubren a primer riesgo frente a los riesgos de pérdida total subsiguiente a la de la embarcación asegurada, o daños como consecuencia directa de avería particular de la embarcación asegura y/o robo.
  • Accidentes Personales: Se garantiza el pago de las prestaciones por lesiones corporales ocurridas al contratante y a toda persona asegurada transportada a título gratuito mientras se encuentre a bordo de la embarcación, esté siendo remolcada y/o en el momento de embarque o desembarque.
  • Defensa Jurídica: Cubre la defensa de los intereses del Asegurado, reclamando los daños de origen no contractual que haya sufrido tanto en su persona como en la embarcación deportiva de su propiedad, como consecuencia de su uso y disfrute.
  • Asistencia en Viaje: Se incluyen gastos de alojamiento en hotel, custodia de la embarcación, gastos médicos en el extranjero, traslado sanitario de enfermos, envío de medicamentos, etc.
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 ZONA DE NAVEGACION

Aguas interiores y mares territoriales de España y países de la Unión Europea y fuera de estos, hasta 200 millas del litoral español o portugés incluidas las travesías entre la Península Ibérica y las Islas Canarias.

 CON LA EXPERIENCIA DEL GRUPO GENERALI

Agentes exclusivos Nº 64307 (Joaquín Ramos Lopez) y Nº 64308 (José Miguel Pascual del Barrio) de Generali Seguros

JOSE M. PASCUAL 669 507 335 JOAQUIN RAMOS 665 518 349 | info@mundialasegurador.es